lunes, 14 de mayo de 2012

Evacuada vista pública en caso de inconstitucionalidad por omisión a favor del reconocimiento de la tierra colectiva de los pueblos indígenas


Boletín No 2 -Año1
Guatemala, 11 de mayo de 2012
Coordinadora Nacional de Organizaciones  Campesinas
-CNOC



En presencia de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad, el pasado 17 de abril el Coordinador General de CNOC, Manuel Pérez con asistencia del abogado Alexander Aizenstatd, presentaron sus argumentos sobre el recurso de inconstitucionalidad que busca el reconocimiento de las formas tradicionales de propiedad de los pueblos indígenas.

El abogado que auxilia a CNOC en este caso, durante su presentación expuso cuatro argumentos básicos. El primero es la falta de cumplimiento del artículo 70 de la Constitución Política de la República. Este impone un mandato al Congreso de la República para emitir normas de carácter legal que regulen el tema de los Pueblos Indígenas. Esto implica que debe de existir legislación adecuada sobre los derechos a la propiedad de las comunidades indígenas, según sus costumbres, tradiciones y organización social, además de otorgar protección especial, por medio de norma legal, a las tierras propiedad de las comunidades indígenas.



El segundo argumento es el incumplimiento del derecho a la igualdad, el cual se expresa en la falta de legislación adecuada sobre la propiedad comunal indígena, y destacó la relación especial de los pueblos indígenas con la madre tierra.

Asimismo, los otros aspectos expuestos fueron el incumplimiento del derecho a la seguridad jurídica y a la propiedad privada.

Por su parte, Manuel Pérez, de CNOC expresó que los pueblos indígenas representan el 65% de la población y que el derecho a la propiedad colectiva de los pueblos indígenas no se refiere solamente a la tierra, sino que también se refiere a la madre naturaleza y al territorio, según la cosmovisión del pueblo maya. Y que los pueblos indígenas respetan y cuidan la madre naturaleza, no sólo de los humanos, sino de todos los seres vivos. Y de ahí radica la importancia de proteger la tierra de los pueblos indígenas.

En la vista pública, dos de las tres entidades intervinientes en el caso presentaron sus argumentos en apoyo a la demanda: la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos (OACDH) y el Ministerio Público (MP).

El representante de la OACDH se refirió a los tratados internacionales suscritos por Guatemala, que también obligan al Estado a regular en materia de propiedad de la tierra de los pueblos indígenas, destacando el Convenio 169 de la OIT, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Añadió que “es obligación del Estado tomar todas las medidas necesaria para garantizar estos derechos, incluyendo medidas legislativas”.

La fiscalía de asuntos constitucionales del Ministerio Público, reforzó varios de los argumentos presentados, y expuso que el Estado debe respetar las formas de concebir el derecho a la propiedad, desde los pueblos indígenas, y las formas de administrar y las formas de administración de esa propiedad. Además, añadió que este derecho está contenido en el Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas, el cual es parte de los Acuerdos de Paz.

La entidad interviniente que no participó fue el Congreso de la República, que a través de un memorial ha expresado su oposición a la demanda. Se basan en que la Corte de Constitucionalidad está imposibilitada de conocer este caso, a lo cual el abogado Aizenstatd rebatió señalando que la Corte de Constitucionalidad ya ha resuelto inconstitucionalidades por omisión en por lo menos dos ocasiones.

Tomando en cuenta casos anteriores, se espera que la Corte resuelva dentro de un plazo aproximado de ocho meses. De ser declarada con lugar, se deberá ordenar al Congreso de la República a regular la propiedad comunal indígena conforme a parámetros constitucionales.



! Que se legisle a favor del reconocimiento de las tierras comunales y colectivas de los pueblos indígenas!



CNOC PRESENTE

Ver copia completa del memorial presentado por CNOC en:
http://estatierraesnuestra.blogspot.com/ (en descargar documentos relacionados)